martes, 29 de diciembre de 2015

On 2:47:00 p.m. by Gustavo López in , ,    No comments

viernes, 13 de noviembre de 2015

Recuerden que  para cualquier reclamación por NO aparecer en la lista  debe remitirse directamente a su respectiva Secretaria de Educación, son ellos los encargados de remitir el reporte correspondiente para que se pueda estudiar el caso.

Recomendamos hacer este proceso lo mas pronto antes de que finalice el proceso de verificación.

A continuación puede observar o descargar el archivo con el listado de habilitados para dicho proceso.


jueves, 5 de noviembre de 2015

lunes, 19 de octubre de 2015

miércoles, 14 de octubre de 2015

On 5:28:00 p.m. by Gustavo López in    No comments

martes, 13 de octubre de 2015

viernes, 2 de octubre de 2015

On 1:24:00 p.m. by Gustavo López in , ,    No comments
Esta norma laboral, si bien es de mucha importancia no es muy agradable cuando de hacerla efectiva se trata. Sin embargo, como la muerte es lo más inexorable de la vida, no está de más que usted sepa cuándo solicitar una licencia por luto.

Pero antes tiene que saber cuáles son los grados de parentesco que están amparados en la LeyDe acuerdo con las definiciones sobre parentesco previstas en el Código Civil y teniendo en cuenta los límites señalados en el artículo 1° de la citada ley, se establecen tres casos específicos para acceder a la licencia por luto.

Son estos por la muerte de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad; primer grado de afinidad y, primero civil, según concepto del Ministerio de la Protección Social.
Segundo grado de consanguinidad

Según el artículo 35 del Código Civil, el parentesco de consanguinidad es la relación o conexión que existe entre las personas que descienden de un mismo tronco o raíz, es decir, que están unidas por vínculos de la sangre.

Teniendo en cuenta lo anterior, los grados de consanguinidad entre dos personas se cuentan con el número de generaciones. Así, el nieto está en segundo grado de consanguinidad con el abuelo. De manera que, si dentro del primero de consanguinidad pertenecen los padres y los hijos, y dentro del segundo grado de consanguinidad pertenecen los hermanos, abuelos y nietos, deberá entenderse que cuando la norma habla de hasta segundo grado de consanguinidad esta cobija a padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos.

2. Primero de afinidad.

 Según el Artículo 37 del Código Civil, la afinidad es la que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos legítimos de su marido o mujer, es decir, el parentesco entre la persona y los familiares de sangre de su cónyuge. Para determinar el grado de parentesco de afinidad se califica el grado de consanguinidad de esa persona respecto al cónyuge, que será el mismo grado de afinidad de la persona referencia. De esta manera si dentro del primer grado de consanguinidad hacen parte los padres y los hijos, deberá entenderse que el primero de afinidad se refiere a suegros y suegras.

martes, 29 de septiembre de 2015

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lunes, 28 de septiembre de 2015

On 5:28:00 p.m. by Gustavo López in ,    No comments

viernes, 25 de septiembre de 2015


Compañerxs aquí les dejo el texto DESCARGABLE de la resolución  15711 del 24 de septiembre de 2015:

"Por la cual se establece el cronograma de actividades para el proceso de carácter diagnóstica formativa de los educadores oficiales regidos Decreto Ley 1278 de 2002, que no han de grado o nivel salarial y se fijan los para su aplicación"


miércoles, 16 de septiembre de 2015

On 3:08:00 p.m. by Gustavo López   No comments

miércoles, 9 de septiembre de 2015

On 10:02:00 p.m. by Gustavo López in , ,    No comments
imagen Final AudienciaHa iniciado en el Congreso de la República el debate en torno al Presupuesto General de la Nación para el año 2016. La Colombia más educada y en paz, meta difundida por el Gobierno Nacional, no pareciera verse reflejada en un presupuesto para la educación que se basa en el desconocimiento de una crisis desatada en el sector educativo a todos los niveles y que profundiza la visión de una educación como mercancía, orientada a las necesidades del mercado y reproductora de las grandes brechas sociales de nuestro país.
La educación para la paz requiere de una inversión prioritaria por parte del Gobierno Nacional, por el contrario nos encontramos ante un presupuesto que para Inversión en educación solo otorga 1,8 Billones de pesos, recursos en su mayoría orientados hacia las entidades privadas vía créditos y subsidios, un recorte del 20% para la ciencia y la tecnología, del 40% para el deporte y del 15% para la cultura, elementos todos centrales para la formación integral de los sujetos.

domingo, 6 de septiembre de 2015

On 10:18:00 a.m. by Gustavo López in , ,    No comments
Este próximo 12 de septiembre en las instalaciones de la ADE SUR, se llevará a cabo la reunión de Libremente Sindical, invitamos a todos los maestros y maestras del magisterio que nos quieran acompañar para conocer nuestra propuesta de trabajo para nuestro sindicato distrital, debatir y conocer el punto de vista de todos los maestros sobre temas como renovación de las directivas sindicales, evaluación docente, entre otros.


miércoles, 19 de agosto de 2015

lunes, 6 de julio de 2015

On 6:06:00 p.m. by Gustavo López in , ,    No comments